jueves, 13 de marzo de 2008

Canon ¿Solucion o mal?

¿ Qué es el Canon ?


Según el artículo 25 de la LPI, los autores tienen el erecho irrenunciable a cobrar una remuneración equitativa única por la copia privada de sus obras y que éste se hará efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

La copia privada es una excepción a los derechos de los autores a limitar la copia de su obra, pero de igual modo, un canon impuesto a todos los soportes se presupone de manera arbitraria que todos ellos van a ser objeto de dicha copia privada en mayor o menor medida.

Hoy en día CD-Rs , DVD-Rs , fotocopiadoras , impresoras scaners , grabadoras y tantos otros soportes pagan el correspondiente canon.

A favor

Por supuesto las sociedades de gestion de derechos de autor que son las encargadas de gestionar dicha recaudación.


1. El cobro del canon a las empresas es transparente y que son éstas las que deben
ser respetuosas en las cuentas con los consumidores ya que son ellas las que se
lo cobran finalmente.

2. Las empresas de la PTCEC no están interesadas en crear el dispositivo o la
tecnología capaz de discriminar los soportes que son utilizados para fijar obras
y archivos no protegidos por los derechos de autor, para poder seguir diciendo que
el canon “encarece de forma indiscriminada los productos y servicios” y conseguir
provocar, con ello, la desaparición del mismo.

3. El canon digital sí favorece el desarrollo de la Sociedad de la Información
(SI) ya que actualmente es el único instrumento de sostenibilidad económica, en el
ámbito digital, de la industria de los contenidos, auténtico pilar de la SI.

4. El canon hace competitiva la economía de nuestro país puesto que la
compensación nos permite continuar creando productos culturales, el auténtico
motor de la Sociedad del Conocimiento y de la Información.

5. El canon también beneficia a miles de trabajadores de la creación (músicos,
artistas, autores musicales, compositores, actores, guionistas, coreógrafos,
escritores, directores,…), editores y productores. No, “únicamente” como asegura
la PTCEC, “a un sector económico o una actividad de intermediación específicos.”

6. El canon es beneficioso, también, para el interés general porque, al
contribuir al justiprecio de los productos culturales en la Sociedad Digital, podrá
seguir floreciendo la cultura.


En contra

En contra del Canon Digital que perjudica el desarrollo de la Sociedad de la Información y a la competitividad de nuestra economía.

Internet propicia un cambio de modelo, con canales de distribución alternativos a los modelos tradicionales. Un canon no debe proteger un canal frente a otro, y la evolución al mundo digital desde el analógico debe permitir que la gestión de derechos pueda realizarse por otros métodos distintos al canon, una medida que no soluciona el problema de fondo y legitima, de alguna manera, la propia descarga ilegal de música u otros productos culturales.

Todos los elementos que intervienen en las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC): soportes, equipos y redes de telecomunicaciones, sirven tanto para los contenidos que tienen derechos (copyright) como para los que están libres de ellos (dominio público, copyleft, creative commons, etc.) la mayor parte de los contenidos que circulan por estos soportes son de caracter privado y no tienen derechos.

no erradica, en ningún caso, la piratería o el ‘top manta’, y en algunos casos, incluso la incentiva, al incrementar el coste de los soportes, y propiciar que la compra de CDs, como otros servicios de Internet, sean deslocalizados a otros países que no tienen estos gravámenes.

Intentan criminalizar al usuario y proveedor de las nuevas tecnologías.

Fuentes:
http://es.wikipedia.org/wiki/SGAE
Manifiesto todosafavordelcanon
http://www.todoscontraelcanon.es